Tras depositar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) en noviembre de 2025, Colombia debe crear en el plazo de al menos un año un Mecanismo Nacional de Prevención (MNP). La experiencia de América Latina —donde la mayoría de los países que ratificaron el OPCAT ya cuentan con mecanismos— ofrece lecciones valiosas sobre los distintos modelos institucionales, sus fortalezas y los desafíos que enfrentan con el tiempo.
En este contexto, la Asociación para la Prevención de la Tortura (APT), junto con el Subcomité de la ONU para la Prevención de la Tortura (SPT), realizó una visita académica a Bogotá del 25 al 27 de marzo de 2026 para dialogar con autoridades, academia y sociedad civil sobre la instalación del mecanismo. El intercambio buscó compartir experiencias regionales y contribuir al diseño de un mecanismo sólido, independiente y adaptado al contexto colombiano.
El OPCAT establece requisitos mínimos para estos mecanismos: independencia funcional, personal con experiencia, recursos suficientes y facultades para visitar lugares de privación de libertad y formular recomendaciones. Sin embargo, la experiencia regional demuestra que la creación formal es solo el primer paso. Factores políticos, institucionales y administrativos influyen en su funcionamiento a largo plazo, como muestran casos en la región donde los mecanismos han sido reformados para fortalecer —o limitar— su independencia.
Para que el mecanismo colombiano sea efectivo y sostenible, es clave considerar desde el inicio varios algunos elementos adicionales.
Los elementos adicionales
Además de los requisitos mínimos establecidos por el OPCAT, la experiencia comparada en la región sugiere considerar elementos adicionales, que fortalezcan la instalación y el funcionamiento de un mecanismo de prevención.
Mirar al contexto regional
América Latina atraviesa nuevamente un periodo de endurecimiento de las políticas de seguridad y de expansión del uso del sistema penal como respuesta a los problemas sociales y de seguridad pública. En varios países se observan tendencias hacia el aumento sostenido de la población penitenciaria, la creación o ampliación de regímenes de máxima seguridad, propuestas para reducir la edad de responsabilidad penal mínima y la ampliación de las facultades de las fuerzas de seguridad, por ejemplo, en relación con el uso de armamento más letal y con marcos más flexibles para el uso de la fuerza.
En este contexto, un mecanismo de prevención puede enfrentarse a desafíos más complejos, tales como el acceso efectivo a establecimiento de seguridad reforzada, el monitoreo de nuevas modalidades de privación de libertad, así como la necesidad de sostener recomendaciones técnicas en entornos políticos donde se refuerzan enfoques punitivos sobre los preventivos. En consecuencia, es importante contar con mecanismos técnicamente sólidos y con la capacidad de actuar de manera preventiva frente a dinámicas institucionales cada vez más exigentes.
Potenciar la participación social…y no perderla en el camino
La APT recomienda que las discusiones sobre la instalación de un mecanismo nacional de prevención incluyan a la mayor diversidad posible de actores: autoridades públicas, sociedad civil, instituciones nacionales de derechos humanos, congresistas y academia, entre otros. Sin embargo, la experiencia reciente en la región muestra que, aunque la participación de la sociedad civil suele estar prevista en las leyes, en la práctica pocas veces se mantiene de forma sostenida y significativa.
Por ello, la participación social debe ser activa desde la creación del mecanismo y mantenerse durante su funcionamiento. Esto puede materializarse mediante consejos consultivos, comités técnicos, procesos transparentes de nombramiento y espacios permanentes de diálogo con sociedad civil y academia. Asimismo, es fundamental incorporar las voces de personas que han estado privadas de libertad —como quienes pasaron por prisión, custodia policial o instituciones de salud mental— y de sus familias, cuyas experiencias aportan una comprensión directa de los riesgos en estos espacios. En última instancia, esta participación no es solo una buena práctica institucional, sino un derecho humano.
Pensar en la dimensión territorial
En países con amplias diferencias locales, regionales y con múltiples tipos de lugares de privación de libertad, es fundamental considerar la dimensión territorial que implica el trabajo de los mecanismos de prevención. La prevención requiere presencia o capacidad de monitorear en distintos contextos de un país, así como la posibilidad de visitar diversos entornos de privación de libertad. Por ello, diseñar mecanismos que puedan operar de manera descentralizada o con redes territoriales es esencial para lograr una cobertura y representación geográfica efectiva.
Recordar las cuestiones administrativas
Muchos de los desafíos actuales que enfrentan los mecanismos se relacionan con cuestiones administrativas sobre los presupuestos, el otorgamiento de seguros especiales por el tipo de trabajo, el trabajo on-line, cómo gestionar el esquema laboral frente a monitoreos nocturnos, entre otros. El funcionamiento real de un mecanismo depende en gran medida de estos aspectos administrativos y operativos.
La asignación presupuestaria suficiente, y no dependiente de la cooperación internacional, la capacidad logística para realizar visitas y la existencia de procedimientos internos claros para la elección de quienes integren al mecanismo son elementos que determinan la legitimidad de un órgano de monitoreo. En muchos casos, estos desafíos terminan siendo tan relevantes como los debates jurídicos sobre la estructura institucional.
Equilibrar lo reactivo y lo preventivo
Uno de los retos permanentes de los mecanismos de prevención es mantener su naturaleza preventiva. Esta es, de hecho, una de las preguntas más frecuentes en todas las discusiones sobre la prevención de la tortura en la región: ¿hasta qué punto un mecanismo debe involucrarse en la respuesta a casos concretos y hasta dónde debe concentrarse en su mandato preventivo?
En contextos donde existen denuncias constantes de violaciones a los derechos humanos —o donde la institucionalidad encargada de la defensa y promoción de estos derechos presenta debilidades—, suele surgir presión para que el mecanismo asuma funciones de investigación o de respuesta inmediata frente a casos individuales. Esta tensión no es menor pues muchas veces las expectativas sociales y políticas sobre el mecanismo se orientan hacia la atención de situaciones urgentes, especialmente cuando otros órganos estatales no logran responder de manera efectiva.
Al mismo tiempo, la forma en que cada país gestiona esta relación entre lo reactivo y lo preventivo responde a su propio contexto institucional y a decisiones soberanas sobre el diseño de sus mecanismos. No existe un único modelo que pueda aplicarse para todos los casos. Sin embargo, lo que sí resulta indispensable es la existencia de mecanismos de coordinación efectivos con otras instituciones encargadas de investigar y sancionar violaciones a los derechos humanos.
En este sentido, la articulación con fiscalías, instituciones nacionales de derechos humanos, órganos internos de control y otras entidades competentes resulta importante para asegurar que los casos en los que existan indicios de tortura o malos tratos puedan ser atendidos o derivados adecuadamente.
Lo cierto es que el mandato central de los mecanismos de prevención radica en identificar riesgos estructurales, formular recomendaciones y contribuir a la transformación de prácticas institucionales que puedan generar tortura o malos tratos. La prevención implica observar patrones, condiciones de detención, normas y prácticas que, de no modificarse, pueden dar lugar a abusos sistemáticos.
Tampoco debe olvidarse que las personas que integran los mecanismos son servidoras públicas y, en muchos ordenamientos jurídicos latinoamericanos, tienen la obligación de denunciar o reportar cualquier violación a los derechos humanos de la que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones. Por ello, más que una dicotomía absoluta entre lo reactivo y lo preventivo, el desafío consiste en encontrar un equilibrio que permita preservar el enfoque preventivo del mecanismo, sin dejar de contribuir a la activación de los canales institucionales correspondientes cuando existan indicios de tortura o malos tratos.
Mantener la independencia
La experiencia regional demuestra que la independencia en el ejercicio del mandato de un mecanismo no es un elemento que se garantice únicamente en el momento de su creación. Cambios legislativos, reformas institucionales o transformaciones políticas pueden afectar o fortalecer su independencia con el paso del tiempo. Por ello, el fortalecimiento de la independencia funcional, operativa, de criterio y presupuestaria debe entenderse como un proceso continuo que requiere vigilancia institucional y apoyo de diversos actores.
Mantener el OPCAT en la agenda
En contextos de administración pública marcados por cambios frecuentes de personas funcionarias y transiciones políticas, resulta fundamental mantener un recordatorio constante sobre lo que implica la ratificación de la Convención contra la Tortura y, en particular, del OPCAT. Con el paso del tiempo, y especialmente ante la rotación de autoridades, existe el riesgo de que se diluya la memoria institucional sobre los compromisos internacionales asumidos por el Estado. Como sea, son precisamente quienes ocupan cargos públicos en cada momento quienes tienen la capacidad de impulsar, fortalecer o debilitar las políticas y estructuras destinadas a prevenir la tortura.
Por ello, hablar del OPCAT no debe limitarse al momento de su ratificación o a la creación formal del mecanismo de prevención. Se trata de un compromiso permanente que requiere ser reiterado, explicado y defendido dentro de las instituciones del Estado. Mantener viva esta conversación contribuye a reforzar la comprensión de que la prevención de la tortura es una obligación internacional continua y no un objetivo que se agota con la adopción de una norma. En el caso de Colombia, que se encuentra en el proceso de diseñar su mecanismo nacional de prevención, este recordatorio resulta relevante: las decisiones que se tomen en esta etapa inicial marcarán las bases para la independencia, la sostenibilidad y la efectividad del mecanismo en los años por venir.